Tenencia de animales domésticos
Continuamente las Policías Locales reciben numerosas quejas de vecinos relacionadas con las molestias que suponen los perros sueltos:
- Ensucian aceras y parques.
- Molestan a los conductores, ciclistas y peatones.
- Escarban entre las plantas y estropean los jardines.
- Algunos, incluso asustan a los viandantes.
Por ello, hay que respetar las normas que son de obligado cumplimiento:
- Los perros deben ser conducidos en lugares públicos sujetos por una correa o cadena. Las que son extensibles, permiten una gran libertad de movimientos sin perder el necesario control sobre el animal. Los perros y otros animales podrán estar sueltos en las zonas que autorice o acote el Ayuntamiento, a excepción de los incluidos en el subregistro de animales potencialmente peligrosos. En los jardines que no tengan zona acotada podrán estar sueltos a partir de las 21'00 horas, de Octubre a Marzo y a partir de las 23'00 horas de Abril a Septiembre y durante todo el año entre las siete y las nueve de la mañana.
- Deben realizar sus necesidades en lugares expresamente habilitados. En algunos parques existen dispositivos, especialmente preparados para ese menester. Como medida higiénica ineludible, las personas que conduzcan perros y otros animales, impedirán que estos depositen sus deyecciones en vías públicas, jardines, paseos y en general, en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones o lugares de juegos. También es adecuado que realicen sus necesidades en los imbornales de la red de alcantarillado, en la parte inferior del bordillo de las aceras o en los alcorques de los árboles.En el caso de que las deyecciones queden depositadas en lugares no permitidos, aceras, zona peatonal o de juegos, etc. el conductor del animal está obligado a recoger y retirar los excrementos, incluso debiendo limpiar la parte de vía pública que hubiera sido afectada.
- Algunos perros deben llevar bozal si su agresividad así lo hace aconsejable o está incluido en el subregistro de animales potencialmente peligrosos. Es obligatorio en los casos en que el animal haya mordido a alguna persona.
Infracciones y sanciones:
Leves, graves o muy graves: De 30 Euros a 1.800 Euros.
El Ayuntamiento de Xàtiva aprobó en su día la correspondiente Ordenanza Municipal sobre tenencia de animales domesticos, en donde quedan reflejadas las obligaciones de los propietarios de los mencionados animales tanto cuando circulen por la vía pública como en el interior de inmuebles.