Alcohol y drogas
El acto de conducir un vehículo es una actividad compleja habiéndose contabilizado en el desarrollo de la misma hasta 50.000 acciones posibles, algunas muy peligrosas y que requieren altos niveles de atención. El conductor se convierte, cuando maneja un vehículo, en un procesador de información: la recibe y la evalúa, toma decisiones y las ejecuta y, por último, controla los resultados de sus decisiones. Todo ello en intervalos de tiempo muy cortos, y de manera continua, por ello es sumamente importante que todos los mecanismos psicofísicos estén en las condiciones más óptimas, para que la respuesta se produzca a tiempo. Factores como el cansancio o la fatiga, la ingestión de bebidas alcohólicas, drogas o ciertos medicamentos, alteran este proceso de toma de decisiones, aumentando muy significativamente el riesgo de desencadenar un accidente.
FATIGA Y CANSANCIO
ACCIDENTALIDAD: Presente aproximadamente entre un 20% y 30% de los accidentes viales.
EFECTOS: Dificultad para mantener la atención, tensión muscular, menos precisión en la ejecución de maniobras, aumenta las respuestas erróneas, las conductas arriesgadas debido a las ganas de llegar al destino y produce cambios de conducta hacia la agresividad y una sobrevaloración de las capacidades.
SÍNTOMAS: Ojos pesados, parpadeo, vista turbia, mala fijación en las señales; ligero resonar de los oído así como hipersensbilidad a los ruidos; presión en cabeza y sienes, sensación de tener los brazos dormidos, sobresaltos injustificados, movimientos constantes en el asiento, pies fríos; desviarse del carril, aumentos o disminuciones injustificados de la velocidad, no cambiar de marcha o no hacerlo a tiempo, etc.
CUANDO APARECE: A partir de media hora de estar conduciendo la atención se relaja, sobre todo si el conductor ya se pone al volante cansado, con exceso o escasez de alimentación, en estados emocionales negativos (disgustos, excitación o preocupaciones entre otros). Facilitan su aparición las vibraciones del vehículo y los desplazamientos nocturnos y se manifiesta antes a partir de los 60 años.
SOLUCIONES: Detenerse cada dos horas o entre 150-200 kms de conducción, salir del coche y dar un pequeño paseo, haciendo algún ejercicio de estiramiento o refrescándose. Beber agua abundantemente, y no tomar en estos descansos alimentos muy pesados. Los estimulantes no ayudan.
MEDICAMENTOS
PRECAUCIONES: A pesar de que los fármacos son drogas creadas para curar enfermedades, pueden tener efectos secundarios incompatibles con la conducción. Para conocer de manera específica tales consecuencias, es preciso consultar siempre que se vaya a ingerir un medicamento, con el médico o el farmacéutico, así como leer el prospecto. Está prohibido circular cuando su ingestión altere el estado físico o mental apropiado para la conducción (art. 26 del Reglamento de Circulación).
EFECTOS: Difiere en función del tipo de medicamento:
- Tranquilizantes e hipnóticos: somnolencia, menor capacidad de atención, fatiga muscular y visión borrosa.
- Antiepilépticos: somnolencia, descoordinación entre vista, manos y piernas, fatiga muscular, vértigos y doble visión.
- Hipoglucemiantes (tratamiento de diabetes): mareo, lipotimia, debilidad y fatiga muscular.
- Analgésicos (tratamiento del dolor): Consumo muy amplio (6 millones de unidades por día) y automedicación; pueden producir trastornos visuales y auditivos, vértigos, somnolencia y euforia.
- Antihistamínicos: muy usados en procesos catarrales, gripales, dolorosos, alérgicos, (300.000 unidades por día). Pueden disminuir la concentración, generar inquietud, alterar los reflejos y producir somnolencia.
ALCOHOL
ACCIDENTALIDAD: Presente en alrededor de la mitad de los siniestros mortales y un tercio de aquellos con víctimas. Además agrava las consecuencias en todos los accidentes.
LÍMITES: El genérico está en 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre , aunque para los conductores de vehículos de transporte de mercancías con peso superior a 3.500 kilogramos, transporte de viajeros de más de 9 plazas, servicio público, escolar y de menores, mercancías peligrosas, servicio de urgencias y transportes especiales, no debe superar el nivel de 0,3. Igual límite tienen los conductores nóveles. La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas es un delito de riesgo (pena arresto de 8 a 12 fines de semana o multa de 3 a 8 meses).
TASAS DE ALCOHOLEMIA
- GENERAL – Sangre: 0,5 gr/l. – Límite aire respirado: 0,25 mg./l.
- PROFESIONALES – Sangre: 0,3 gr/l. – Límite aire respirado: 0,15 mg./l.
- NOVELES – Sangre: 0,3 gr/l. – Límite aire respirado: 0,15 mg./l.
- Tasas máximas aplicables a la población general de conductores.
- Tasas máximas aplicables a conductores destinados al transporte de mercancías con un peso máximo autorizado superior a 3500 kgs., al transporte de viajeros de más de 9 plazas, o de servicio público, al escolar o de menores, al de mercancías peligrosas o de servicios de urgencia o transportes especiales.
- Tasas máximas aplicables a cualquier conductor durante los 2 años siguientes a la obtención del permiso o licencia que le habilita para conducir.
(*) Las tasas obtenidas por análisis de sangre o por aire espirado son equivalentes, tan sólo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada.)
EFECTOS: Su acción se dirige, una vez absorbido por el estómago y el intestino, directamente al sistema nervioso, desorganizando su funcionamiento con la siguientes consecuencias: crea un falso estado de euforia y sobrevaloración de las capacidades, asumiendo mayores riesgos; disminuye los reflejos aumentando los tiempos de reacción (un ejemplo: a 90 km/h con alcoholemia cero la distancia que recorre el vehículo en el tiempo de reacción es de 18 metros; con 0,8 se recorren 12 metros más); reduce la visión periférica y provoca visión doble, así como problemas de acomodación a los cambios de luz, colores y deslumbramientos; descoordinación entre órganos sensoriales y motrices; y falsea la apreciación de distancias y velocidades.
PRUEBAS DE ALCOHOLEMIA: Están obligados a someterse todos los conductores, y el resto de usuarios de las vía implicados en un accidente circulatorio; también cuando los Agentes de la Autoridad lo soliciten en controles preventivos, o a consecuencia de infracciones o si se manifiestan síntomas evidentes. El nuevo Código Penal considera un delito la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia (pena prisión de 6 meses a 1 año).
DROGAS ILEGALES
SUSTANCIAS INCLUIDAS: Opiáceos, cocaína, anfetaminas, cannabis y drogas de diseño, aunque es una clasificación lamentablemente sometida a ampliaciones con la aparición de nuevas drogas. Es habitual que los consumidores de estas sustancias realicen mezclas entre ellas y con alcohol con lo que se potencian y multiplican las consecuencias negativas. La legislación vigente prohibe la conducción cuando se han ingerido (Art. 27 del Reglamento de Circulación).
EFECTOS: Difieren en función de la sustancia, la dosis, características personales , así como del momento en que se ingieran o si se conduce con el denominado "síndrome de abstinencia" En general provocan euforia, ansiedad, irritabilidad e incluso agresividad, deterioro en la atención, alteraciones en la coordinación, pérdida del equilibrio, vértigo y alucinaciones.